PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES Y PRESTACIONES DE URGENCIA SOCIAL.

El Ayuntamiento pone en marcha este programa de la Junta de Andalucía para poder cubrir necesidades básicas como la luz y el agua

El Ayuntamiento va a poner en marcha unas medidas extraordinarias y urgentes para la inclusión social y el fomento de la solidaridad en Andalucía a través del Plan Extraordinario de Solidaridad en Andalucía de la Junta de Andalucía, conformado por el PROGRAMA EXTRAODINARIO PARA SUMINISTROS VITALES Y PRESTACIONES DE URGENCIA SOCIAL.

 

La Delegada de Servicios Sociales, Pilar Praena, ha señalado que “el objetivo de este programa es la creación y regulación de ayudas para suministros vitales y prestaciones de urgencia social para poder cubrir necesidades básicas de subsistencia de aquellas personas o familias que no puedan hacer frente a gastos específicos”.

 

Praena ha añadido que el Ayuntamiento ha recibido un total de 22.100 euros para estas ayudas que “contemplan gastos de energía eléctrica y gastos del suministro de agua, alcantarillado y basura que se generen de no poder hacer frente al gasto. También se contemplan los gastos de alquiler, siempre que su impago redunde en un desalojo, y gastos de reparaciones urgentes y básicas e la vivienda”.

 

En cuanto a las personas beneficiarias, la Delegada ha explicado que “estas ayudas van destinadas a aquellas personas o unidades familiares que carezcan de recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas y requieran una actuación inmediata”.

 

Y en cuanto a los requisitos, los solicitantes deben figurar en el padrón de cualquier municipio de Andalucía como mínimo seis meses antes de la fecha de presentación de la solicitud, ser mayor de edad o menor emancipado, no disponer de recursos para afrontar estos gastos, no haber recibido ningún miembro de la unidad familiar otra prestación para la misma finalidad y no ser propietario de bienes inmuebles excepto el de la vivienda habitual”.

 

En cuanto a las obligaciones de las personas beneficiarias se incluyen firmar y cumplir el acuerdo, aplicar las ayudas y prestaciones recibidas a la finalidad para la que se otorga, comunicar a los Servicios Sociales cualquier variación de las circunstancias personales, sociales, familiares o económicas que pudieran dar lugar a modificación y reintegrar el importe de las cantidades no aplicadas a lo que se concedió”.

 

El procedimiento para la adjudicación de estas ayudas se hará a través de Servicios Sociales Comunitarios y Mujer del Ayuntamiento, así como la valoración técnica de idoneidad y distribución de las ayudas.

 

Las solicitudes serán facilitadas en el Centro de Servicios Sociales “Clara Campoamor” (ubicado junto a la Piedra del Gallo) desde el miércoles 21 de septiembre de 2016.

 

A continuación se adjunta la resolución en la que se especifican, entre otras cuestiones, los gastos que se cubren, los requisitos y obligaciones de las personas beneficiarias, el procedimiento y las fechas de las solicitudes.

 

BASES