ADJUDICACIÓN CONTRATO FLOTA VEHICULOS MUNICIPALES

-Con fecha 9 de mayo de 2013, fue dictada resolución de la Alcaldía - Presidencia número 731/2013, cuyo contenido literal se transcribe a continuación:

"DECRETO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO ADMINISTRATIVO SEGURO FLOTA VEHICULOS MUNICIPALES"

Considerando que con fecha 25 de enero de 2013 y mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia se aprobó el expediente y los pliegos de clausulas administrativas y de prescripciones técnicas para la contratación de una póliza de seguro para la flota de vehículos municipales de este Ayuntamiento.

Resultando que han concurrido al procedimiento de contratación las empresas AXA SEGUROS GENERALES S.A., MAPFRE FAMILIAR, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS Y HELVETIA COMPAÑIA SUIZA S.A.

Considerando que la Mesa de Contratación en su sesión de fecha 11 de abril de 2013 acordó por unanimidad de sus miembros proponer la adjudicación del contrato a la empresa MAPFRE FAMILIAR, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, al haber presentado la oferta más ventajosa y encontrarse tanto la documentación administrativa como la oferta económica ajustada a los Pliegos de Cláusulas dministrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas.

Resultando que la citada empresa ha aportado con fecha 2 de Mayo de 2013 la documentación prevista en la clausula 15o del Pliego de Clausulas Administrativas Particulares y en particular la de haber constituido la garantía
definitiva.

Visto el contenido de la Disposición Adicional 2a del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en virtud de las atribuciones que legalmente me corresponden vengo en disponer:

Primero: Adjudicar el contrato de servicio de conexión y desconexión a red de baja tensión en el recinto ferial y en el servicio de guardia a la empresa MAPFRE FAMILIAR, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS al haber resultado su oferta la más ventajosa para los intereses de esta Corporación, concretándose los siguientes términos definitivos del contrato:

A) MEJORA APLICADA EN CONCEPTO DE PARTICIPACIÓN EN BENEFICIOS SOBRE RESULTADOS
DE SINIESTRALIDAD:

Aplicación del cláusula de participación en beneficios con las siguientes condiciones: Si los resultados de la flota son favorables, la compañía concede al tomador del seguro una participación en los beneficios por no siniestralidad sobre la prima del seguro que se regirá por lo siguiente:

La participación en beneficios se determinará aplicando el porcentaje de bonificación determinado según la escala de siniestralidad a las primas netas cobradas por la compañía durante la anualidad de seguro.

La siniestralidad se calculará computando el importe total pagado por al compañía por los siniestros liquidados, así como la valoración asignada para los siniestros pendientes de liquidación o pago a la conclusión de la anualidad de seguro (reservas) detrayendo los recobros que hubieran podido realizarse.

El pago de la participación será exigible abonando al tomador dentro de los dos meses siguientes al vencimiento de cada anualidad

B) PRECIO DEL CONTRATO:

PRECIO TOTAL: 82.899,84 €

IMPORTE ANUAL DE LA PRIMA: 20.724,96 €

Segundo: Determinar que el contrato administrativo será formalizado en un plazo no superior a quince días hábiles, desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución por el adjudicatario, procediéndose, una vez efectuada dicha formalización, a su publicación en el perfil del contratante del Ayuntamiento.

Tercero: Notifíquese la presente resolución a la empresa adjudicataria y publíquese en el perfil del contratante del Ayuntamiento.

Cuarto: :Dese cuenta a la Delegación Municipal de Servicios Generales, Medio Ambiente, Servicios Urbanos y Agricultura, a Grupo PACC, a la Intervención General de Fondos y a la Tesorería Municipal.

El Alcalde Presidente Accidental El Secretario General Accidental"