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DECRETO:
En El Viso del Alcor a uno de febrero de dos mil diez.
Considerando el contenido del Decreto de esta Alcaldía-Presidente de fecha 21 de julio de 2009 por la que se adopta como medida cautelar la suspensión de los procesos selectivos para la cobertura mediante concurso-oposición al amparo de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 7/2007 de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público, como funcionario de carrera de este Ayuntamiento de los siguientes puestos de trabajo: Una plaza de trabajador/a social, una plaza de asesor/a jurídico/a, una plaza de técnico/a informático, una plaza de delineante de catastro, una plaza de auxiliar administrativo de Intervención, una plaza de auxiliar administrativo de Recursos Humanos, una plaza de auxiliar administrativo de Medio Ambiente, una plaza de auxiliar administrativo de Servicios Sociales, una plaza de auxiliar administrativo de Servicios Municipales y una plaza de oficial segunda de Jardinería.
Considerando que en el citado Decreto se dispone que la medida cautelar de suspensión será levantada cuando se reciba notificación del contenido de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Sevilla, en el Recurso número 366/09 interpuesto por Don José Antonio Jiménez Ramos y Doña Granada Santos García, contra el Decreto de la Concejala-Delegada de Recursos Humanos de 27 de febrero de 2009 por las que fueron aprobadas las Bases de las distintas convocatoria para cubrir mediante concurso-oposición las mencionadas plazas.
Considerando que con fecha 27 de noviembre de 2009 ha sido dictada sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 en relación con el Procedimiento Abreviado 366/2009 cuyo fallo se transcribe literalmente: “Que debo desestimar y y desestimo el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre y representación de don José Antonio Jiménez Ramos y doña Granada Santos García contra las resoluciones a que se ha hecho referencia, al no apreciarse infracción del ordenamiento jurídico”.
Resultando que con fecha 18 de enero de 2010 se dicta Providencia por el Juzgado lo Contencioso-Administrativo número 12 de Sevilla en la que se declara la firmeza de la sentencia dictada por el citado juzgado de fecha 27 de noviembre de 2009 al no haber interpuesto contra la misma recurso de apelación.
En consecuencia con lo anterior y en virtud de las competencias que me están legalmente conferidas HE RESUELTO:
Primero: Levantar la medida cautelar de suspensión adoptada por Decreto de esta Alcaldía-Presidencia de fecha 21 de julio de 2009.
Segundo: Determinar que en virtud de las competencias conferidas por delegación de esta Alcaldía-Presidencia a la Delegada de Recursos Humanos, (Decreto de 20 de noviembre de 2009), adopte las resoluciones que sean precisas para la reanudación de los siguientes procesos selectivos: Una plaza de trabajador/a social, una plaza de asesor/a jurídico/a, una plaza de técnico/a informático, una plaza de delineante de catastro, una plaza de auxiliar administrativo de Intervención, una plaza de auxiliar administrativo de Recursos Humanos, una plaza de auxiliar administrativo de Medio Ambiente, una plaza de auxiliar administrativo de Servicios Sociales, una plaza de auxiliar administrativo de Servicios Municipales y una plaza de oficial segunda de Jardinería.
Tercero: Notifíquese a la Delegada de Recursos Humanos a los efectos oportunos y publíquese en el Tablón de la Anuncios de la Corporación y en la página web municipal.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente don Manuel García Benítez, ante mi la Secretaria General que doy fe en el lugar y fecha al principio consignados.
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