Página principal
03/09/2010

Noticias

 

CONVOCATORIA PÚBLICA SUBVENCIONES PROYECTOS COOPERACIÓN

 
Imagen no disponible
Noticia publicada el: 18/05/2009
Fuente: Actas
 


-
EL VISO DEL ALCOR


Don Manuel García Benítez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.


Hace Saber: Que en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla número 111, de 16 de Mayo de 2009 se hace pública la CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO Y EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO Y SENSIBILIZACIÓN EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA PARA EL EJERCICIO 2009, cuyas Bases reguladoras fueron aprobadas por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de Marzo de 2009.

Lo que se hace público para que las ONGD que reúnan los requisitos establecidos en la Base Tercera de las que rigen la mencionada convocatoria puedan presentar sus solicitudes durante los 60 días naturales siguientes a la fecha de la citada publicación en el BOP.
Dicho plazo expirará el día 15 de Julio de 2009.

Los proyectos irán acompañados de la documentación que se relaciona en la Base Quinta de la Convocatoria y serán valorados y seleccionados conforme a lo dispuesto en la Base Séptima de la misma.

A continuación se publica íntegramente el contenido de las Bases que rigen la Convocatoria de Subvenciones a proyectos de cooperación internacional al desarrollo y educación para el desarrollo y sensibilización en régimen de concurrencia para el ejercicio 2009.


En El Viso del Alcor a 18 de Mayo de 2009

El Alcalde-Presidente,
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO Y EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO Y SENSIBILIZACION EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA. EJERCICIO 2009

PRESENTACIÓN Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con la elaboración de estas bases para la presentación de proyectos de cooperación al desarrollo, el Ayuntamiento de El Viso del Alcor se suma al proceso internacional de participación de las Entidades Locales en una política internacional de Cooperación al Desarrollo.

Los antecedentes de la intervención de las Entidades Locales en este sector se remontan a la I Conferencia Europea sobre Ciudades y Desarrollo, realizada en 1985, donde se estableció la idea de una acción conjunta de las O.N.G. y de las Entidades Locales para una cooperación al desarrollo Norte-Sur.

Asimismo, entendemos que dicha cooperación se extiende a los proyectos que defienden los derechos humanos establecidos en la Carta de Naciones Unidas, en el art. 10 de la Constitución Española de 1978 y en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, firmada por el Consejo Europeo en Niza el 7 de diciembre de 2000.

Amparándonos en dicho marco legislativo y en la autonomía, que según expone el art. 2.1 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, se otorga a las Entidades Locales para la gestión de sus propios intereses, el Ayuntamiento de El Viso del Alcor expresa la Solidaridad de sus ciudadanos con los pueblos y países que quieren mejorar sus condiciones de vida, con el objetivo de contribuir a paliar las desigualdades en el orden económico, cultural y social internacional de cara a una sociedad y un mundo cada vez más globalizado.

Sobre esta base se desarrolla la actividad de cooperación al desarrollo del Ayuntamiento de El Viso del Alcor con el fin de fomentar proyectos o programas de cooperación al desarrollo en los países del tercer mundo y educación para el desarrollo y sensibilización en nuestro municipio.

El Ayuntamiento de El Viso del Alcor, de conformidad con la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, efectúa la convocatoria pública de subvenciones a Proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo y Educación para el Desarrollo y Sensibilización que se otorgarán mediante concurrencia competitiva y tendrán como bases reguladoras las siguientes:

BASE 1ª.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.-

El Ayuntamiento de El Viso del Alcor podrá conceder en la forma y condiciones que se establecen en la presente Convocatoria, subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales al desarrollo, en adelante ONGD, para la ejecución de modalidades de proyectos:
a)Proyecto de Cooperación Internacional al Desarrollo, a realizar en países en vías de desarrollo.
b)Proyectos de Educación para el Desarrollo y de Sensibilización, a realizar en El Viso del Alcor, cuyo presupuesto no podrá superar el 10% del importe consignado en la partida presupuestaria municipal.
c)Se podrán seleccionar uno o varios proyectos de cada modalidad.

BASE 2ª.- FINANCIACIÓN DE LAS SUBVENCIONES.-
La financiación de las presentes subvenciones se efectuará con cargo a las siguientes partidas presupuestarias: 46330-48900 (subvención gastos corrientes) y 46330-78900 por importe de 94.000€ (subvención de capital) €l 0,7% del Presupuesto de Gasto del Excmo. Ayuntamiento de El Viso del Alcor, correspondiente al Ejercicio 2009, resultando una disponibilidad presupuestaria máxima de CIEN MIL (100.000,00.-) EUROS.


La subvención que aportará el Ayuntamiento de El Viso del Alcor ascenderá como máximo al 80% del coste total del proyecto. La ONGD solicitante, deberá aportar con recursos propios al menos un 10% del presupuesto total del proyecto; el resto del prepuesto en su caso se financiará a través de terceros o mediante financiación de la ONGD.

BASE 3ª.- REQUISITOS DE LAS ONGDs.-

1.Los solicitantes serán ONGD que tengan como fines institucionales específicamente detallados, la realización de acciones de Cooperación Internacional al desarrollo con el fin de mejorar las condiciones de vida de la población de dichos países, el fomento de la solidaridad entre los pueblos y la sensibilización a la población de los países desarrollados.

2.Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar, estar legalmente constituida y formalmente inscrita en los Registros Oficiales correspondientes que procedan con al menos 1 año de antigüedad a la fecha de la publicación de Convocatoria.
3.Carecer de ánimo de lucro.

4.Disponer de la estructura suficiente y necesaria para garantizar el cumplimiento de sus objetivos y fines sociales, según la memoria de la entidad.

5.Acreditar cierta experiencia y capacidad operativa en el área y sectores para los que aplica el proyecto, siendo obligatoria la presentación de su currículum (historial), caso de no disponerla acreditar la experiencia de la contraparte local o socio/s con el/los que se concurra.

6.Estar al día, en su caso, con las justificaciones de las ayudas económicas anteriormente recibidas del Ayuntamiento de El Viso del Alcor, salvo que los proyectos no se encuentren finalizados. La no realización de este compromiso obligará a no concesión de ninguna otra subvención a dicha organización.

7.Estar al corriente en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y demás obligaciones tributarias, según lo dispuesto en la legislación vigente.

8.Disponer de una sede abierta o delegación permanente en Andalucía, dotada de personal permanente (contratado o voluntario), en la que se desarrollen de forma habitual la gestión de proyectos de Cooperación para el Desarrollo, debiéndose acreditar documentalmente.

9.Cada entidad podrá presentar los proyectos bien individualmente o bien en asociación con otras entidades. En dicho caso, todas las entidades integrantes deberán cumplir con los requisitos anteriormente señalados

10.No incurrir en algunas de las circunstancias establecidas en la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre.

BASE 4ª.- PLAZOS Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES.-
Las solicitudes que contendrán todos los apartados señalados en el modelo que se adjunta podrán presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en cualquiera de los registros previstos en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante los 60 días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla.
Para el supuesto de que las solicitudes sean presentadas en cualquiera de los registros previstos en el art. 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la entidad interesada deberá anunciar tal extremo al Ayuntamiento mediante télex, fax , telegrama o burofax en el mismo día, y en todo caso antes de la fecha y hora en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, cinco días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

BASE 5ª.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
Los proyectos irán acompañados de la siguiente documentación:
a)Solicitud dirigida a la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de El Viso del Alcor, suscrita por la persona que tenga la representatividad legal de la organización. (Anexo I)
b)Certificado actualizado de los organismos públicos pertinentes, sobre la situación de la entidad en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
c)En su caso, certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarías y de cualquier otra naturaleza con el Ayuntamiento de El Viso del Alcor.
d)Título o poder, en su caso, a favor de la persona que formula la solicitud en representación de la ONGD, y fotocopia compulsada del D. N. I. del solicitante.
e)Fotocopia compulsada del Código de Identificación Fiscal de la ONGD.
f)Memoria del último ejercicio, incluyendo un balance económico de los proyectos realizados, detallando las distintas fuentes de financiación, el estudio contable y el número de socios.
g)Si se trata de un proyecto realizado por varias Ongds., se aportará el Convenio donde se recogerá la coordinación y responsabilidades de las distintas partes, así como la persona responsable del proyecto.
h)Estatutos de la ONGD compulsados.
i)Certificación compulsada de la inscripción en los Registros legales correspondientes.
j)Declaración del Representante de la ONGD, en la que conste el compromiso de aportar la diferencia, directamente o por cofinanciación con terceros, entre el coste total del proyecto y la subvención que se obtenga del Ayuntamiento de El Viso del Alcor.
k)Certificado de titularidad de cuenta bancaria
l)Relación de los documentos que se acompañan a la instancia.
m)El proyecto en formato digitalizado

Aquellas ONGDs que hubieran presentado en la Convocatoria de Cooperación realizada por este Ayuntamiento con anterioridad, los documentos identificados con las letras d),e),h),i) quedarán eximidas de la obligación de volver a presentarlos, bastando en su lugar, una declaración responsable del representante legal, haciendo constar que a la fecha de presentación, no han variado los datos en ellos contenidos.
Si la solicitud no reúne todos los requisitos o la documentación necesaria, se aplicará lo establecido en la normativa general.

BASE 6ª.- GASTOS SUBVENCIONABLES.-

Serán subvencionables en esta Convocatoria los siguientes gastos:

a)Gastos directos:
1)Gastos de concepción, entendiendo como tales, los relativos al proceso y elaboración de la acción.

2)Gastos por la adquisición de terrenos, construcción y demás anexos.
3)Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
4)En el supuesto de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, el beneficiario deberá destinar el bien al fin concreto para el que se concedió la subvención, al menos durante cinco años en caso de bienes inscribibles en un registro público, y dos años para el resto de bienes, a no ser que fuesen sustituidos por otros para la misma finalidad o que la enajenación fuese autorizada por el Órgano Concedente.
5)Gastos por la compra y transporte de equipos, materiales y suministros.
6)Gastos del personal que participe directamente en la realización de la acción, priorizando si estos recursos humanos son beneficiarios de la acción, es decir, son recursos locales.
7)Recursos destinados a la construcción de fondos de rotación o de otros sistemas de crédito.
8)Gastos de funcionamiento, siempre que la naturaleza de la acción lo justifique.

b)Gastos indirectos (no podrán exceder del 10% de la cantidad solicitada) :
1)Acciones de sensibilización de la opinión pública, relacionadas con la acción principal.
2)Gastos de administración, confección del proyecto, seguimiento y evaluación.

BASE 7ª.- CRITERIOS DE VALORACIÓN.-

A) Para la valoración y selección de los Proyectos de Cooperación al Desarrollo a ejecutar en terceros países, se tendrán en consideración los siguientes parámetros:

1.- Sectores:

a)Educación básica: hasta un máximo de 2 puntos.
b)Promoción de la salud: hasta un máximo de 2 puntos.
c)Formación de los recursos humanos de los países en vías de desarrollo: hasta un máximo de 3 puntos.
d)Desarrollo rural integrado y apoyo a los sectores productivos, enmarcado dentro de acciones de desarrollo sostenible o ecodesarrollo y apoyo a las cooperativas de Comercio Justo: hasta un máximo de 4 puntos.
e)Creación de infraestructuras básicas: hasta un máximo de 1 punto

2.- Destinatarios Preferentes:

Grupos de población más desfavorecidos como infancia, mujer en cuanto al aumento de sus capacidades y autonomía en todos los ámbitos, afectados/as por el sida, comunidades indígenas en cuanto al apoyo a los procesos de autodesarrollo y respeto a sus derechos, refugiados, retornados y desplazados, minorías étnicas y bolsas de pobreza de los entornos urbanos y rurales: hasta un máximo de 4 puntos.

3.- Localización geográfica.

Africa Subsahariana: hasta un máximo de 3 puntos
América Latina: hasta un máximo de 3 puntos
Otras zonas desfavorecidas: hasta un máximo de 2 puntos

Se sumarán tres puntos a aquellos proyectos que se realicen en zonas que hayan sufrido alguna catástrofe en los tres años anteriores a la fecha de la solicitud.

4.- Régimen de las ayudas.

Las acciones deben tender a resolver directamente las necesidades de desarrollo económico de las poblaciones o comunidades, y en particular de las necesidades de las capas más desfavorecidas: hasta un máximo de 2 puntos.

a)Las acciones deben incrementar la capacidad de desarrollo endógeno de los beneficiaros propiciando actuaciones que impidan la generación de dependencia externa: hasta un máximo de 2 puntos.

b)Las acciones que sean continuación de Proyectos de Cooperación anteriormente subvencionados por el Excmo. Ayuntamiento de El Viso del Alcor: hasta un máximo de 2 puntos

c)Las acciones requerirán la participación de los beneficiarios, en calidad de socios en todas sus fases: formulación, realización, gestión y funcionamiento tras la finalización: hasta un máximo de 3 puntos.

d)Acciones que justifiquen cofinanciación de las propias ONGDs o de otros organismos o instituciones: hasta un máximo de 3 puntos.

e)Las acciones deben tener claramente determinados los plazos de ejecución identificados, los objetivos e indicadores de evaluación y deben ser llevadas a la práctica con beneficiarios y/o socios locales fácilmente identificables, a quienes reviertan dentro de los plazos determinados la gestión o realización material de la actuación: hasta un máximo de 3 puntos.

f)Las acciones que potencien, dinamicen o promuevan la perspectiva de género abordando los principios de igualdad-equidad de manera coherente, integral y transversal : hasta un máximo de 3 puntos



g)Acciones que procuren que los beneficios que los proyectos de forma indirecta puedan proporcionar a terceros ( retribución a técnicos, adquisición de materiales, equipos y recursos tecnológicos...) se ubiquen en los países donde se ejecute la acción: hasta un máximo de 2 puntos

h)Acciones que contribuyan a la protección y mejora del medio ambiente la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales: hasta un máximo de 2 puntos

5.- Experiencia y capacidad técnica de la ONGD y de la contraparte

Experiencia demostrada en proyectos de cooperación anteriores realizados en la zona y en el sector de actuación del proyecto. Compromiso con la zona y con los beneficiarios. Titulación y/o experiencia de los responsables técnicos del proyecto: hasta un máximo de 3 puntos

6.- Calidad técnica del proyecto

Coherencia entre los recursos disponibles y los objetivos del proyecto. Resultados que se esperan alcanzar. Validez de los indicadores y fuentes de verificación. Lógica de la intervención (coherencia en fases, seguimiento y evalución, cronograma). Las acciones deberán ser viables y perdurables, entendiendo como tales aquellas cuyo impacto continúa cuando la ayuda cese: hasta un máximo de 3 puntos.

B) Los Proyectos de Educación para el Desarrollo y Sensibilización se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios de selección:

1.- En relación al Proyecto:
a)Elaboración de materiales formativos de carácter innovador y de materiales informativos: hasta un máximo de 2 puntos
b)Número de personas a las que puede sensibilizar el proyecto: hasta un máximo de 2 puntos
c)Las acciones que sean continuación de Proyectos de Educación y Sensibilización anteriormente subvencionados por el Ayuntamiento de El Viso del Alcor: hasta un máximo de 2 puntos
d)Proyectos que apliquen la metodología participativa, y que tengan en consideración la participación de los agentes destinatarios durante todo el proceso: hasta un máximo de 3 puntos
e)Acciones cuyos destinatarios puedan funcionar como elementos multiplicadores (medios de comunicación, formadores, animadores sociales, centros escolares,...): hasta un máximo de 3 puntos
f)Acciones cuyo contenido verse sobre Derechos Humanos, situación de la mujer en los países en vías de desarrollo, mundo indígena, minorías étnicas, racismo y xenofobia, fomentado estilos de vida en consonancia con valores de paz y solidaridad: hasta un máximo de 3 puntos
g)Acciones en las que participen activamente organizaciones o personas, de los países de índice de Desarrollo Humano medio o bajo que desde su experiencia concreta sensibilicen y ayuden a cambiar los estilos de vida para ir reduciendo las desigualdades : hasta un máximo de 2 puntos.
h)Coordinación con otras organizaciones locales o de países de Índice de Desarrollo Humano, medio o bajo: hasta un máximo de 2 puntos.

2.- Criterios de calidad técnica :

a)Análisis de la realidad en el que se basa el proyecto y justificación del mismo: hasta un máximo de 2 puntos

b)Coherencia entre justificación objetivos y actividades a realizar: hasta un máximo de 2 puntos
c)Las acciones deben tener claramente determinados los plazos de ejecución identificados los objetivos e indicadores de evaluación y deben ser llevadas a la práctica con beneficiarios y/o socios locales fácilmente identificables, a quienes reviertan dentro de los plazos determinados, la gestión o realización material de la actuación: hasta un máximo de 3 puntos.

3.- Viabilidad financiera:
a)Acciones que justifiquen cofinanciación de las propias ONGDs o de otros organismos o instituciones: hasta un máximo de 3 puntos.

BASE 8ª.- ORGANOS COMPETENTES.-

En el Procedimiento Ordinario de concesión de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria participarán los siguientes Órganos Municipales:
a)Órgano Instructor, que en este caso será la Delegación de Cooperación.

b)Consejo Local de Cooperación con el Tercer Mundo, órgano colegiado presidido por la Alcaldía-Presidencia o miembro de la Corporación en quien delegue, y compuesto concretamente por ocho Vocales, entre los que se encuentra un representante de cada grupo político con representación municipal y cuatro miembros de la Plataforma Municipal 0,7 designados a efecto o la persona en quien hayan delegado. Las funciones de secretario/a las ejerce el/la funcionario designado al efecto. Las funciones de este Consejo son, entre otras, informar y proponer las subvenciones objeto de esta convocatoria así como el seguimiento y control de los proyectos subvencionados.

c)Órgano Concedente, que en este supuesto será la Junta de Gobierno Local a propuesta del Consejo Local de Cooperación con el Tercer Mundo.

BASE 9ª.- RESOLUCIÓN.-

1)La Resolución, que pone fin a la vía Administrativa, se deberá emitir y notificar en el plazo máximo de seis meses. Dicho plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
2)El vencimiento del plazo legitima a los interesados a entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión, quedando facultados para interponer el recurso correspondiente.
3)La Resolución será motivada y se notificará a los interesados de acuerdo con la normativa vigente.
4)Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, o bien con carácter previo y potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que adoptó el acuerdo de reposición.
5)La concesión de subvenciones se formalizará mediante Convenio.

BASE 10ª.- PAGO DE LA SUBVENCIÓN.-

1)El pago del importe de la subvención se realizará en dos plazos, el primero del 75% del importe total subvencionado.
2)Para proceder al pago del segundo plazo, es decir del 25% restante, será necesaria la correcta justificación de la aplicación del importe del pago anterior.
3)Asimismo, no podrá procederse a efectuar ningún pago si el Beneficiario tuviese alguna otra subvención pendiente de justificación, vencido el plazo para ello.
4)Si en el momento de emisión del mandamiento de pago, el Beneficiario tuviese deudas de cualquier naturaleza con el Ayuntamiento o cualquier otra Administración Pública, se procederá a tramitar la compensación de deudas, notificando dicho Acuerdo al beneficiario/ deudor, concediéndosele un plazo de alegaciones de 15 días.
BASE 11ª.- OBLIGACIONES –

1)Las ONGDs beneficiarias, quedan obligadas a finalizar las actuaciones, en lo concerniente a la parte subvencionada, dentro de los plazos señalados en el Proyecto. Si se produce una reducción en la cuantía de la subvención solicitada, la ONGD podrá reformular el proyecto estableciendo para ello un plazo máximo de dos meses, desde la fecha del Acuerdo de concesión.

2)En casos excepcionales y /o cuando la Asociación carezca de medios económicos para la ejecución del Proyecto subvencionado en el plazo establecido en el convenio, deberá solicitar a la Delegación de Cooperación, autorización motivada para la ampliación de dicho periodo o plazo de ejecución, en cuyo caso, el plazo de justificación se computará a partir de la nueva fecha autorizada para la finalización del Proyecto.

3)Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la subvención, remitiendo al Ayuntamiento un Informe de ejecución de las acciones realizadas a la mitad de realización del proyecto, indicando claramente el grado de cumplimiento de objetivos, dificultades, etc. Además deberá comunicar al Ayuntamiento de El Viso del Alcor cualquier cambio en las condiciones del proyecto, en este caso, los cambios serán evaluados por el Ayuntamiento y si estos suponen una modificación sustancial del proyecto inicialmente subvencionado, deberán ser autorizados.

4)Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así otras de comprobación y control financiero que pueden realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas acciones de control.

5)Para la debida difusión de la financiación de las subvenciones, concedidas a través de esta Convocatoria, las ONGDs deberán en todo caso incorporar de forma visible el logotipo del Ayuntamiento de El Viso del Alcor, tanto en el país de ejecución del proyecto como en la divulgación que se realice del proyecto en nuestro entorno. Si existieran otros logotipos, el del Ayuntamiento de El Viso del Alcor deberá figurar en el mismo tamaño y condiciones de visibilidad.
BASE 12ª.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN.-
1. Para la debida justificación de las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de EL Viso del Alcor de cuantía inferior a 60.000 euros, se utilizará el método de cuenta justificativa simplificada, en atención a lo dispuesto por el art. 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; dicha cuenta deberá ser presentada por cada uno de los beneficiarios, debiendo contener la siguiente información:

a. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.


b. Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.

c. Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

d. En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

2. El plazo para la justificación de las subvenciones será de tres meses contados a partir de la fecha de finalización prevista en el proyecto subvencionado.

3. En atención a lo previsto en el artículo 75.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Delegación de Cooperación requerirá a dos de las entidades beneficiarias la aportación de los justificantes de gasto correspondientes, con el objeto de realizar un control por muestreo que permita obtener evidencia de la adecuada aplicación de los fondos facilitados. Las dos entidades requeridas serán seleccionadas por sorteo entre todas las beneficiarias, de lo cual quedará debida constancia en el correspondiente expediente administrativo. Los gastos se acreditarán mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que deberán aportarse en original, y serán estampillados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del Real Decreto 887/2006.

4. Las facturas deberán contener:

Datos de identificación del expedidor de la factura (número, serie, nombre y apellidos, número de identificación fiscal o concepto sustitutivo, domicilio, localización del establecimiento permanente, o si se trata de personas físicas que no desarrollen actividades profesionales o empresariales, nombre, apellidos y número de Documento Nacional de Identidad).
Datos de identificación del destinatario.
Descripción clara de la prestación del servicio o suministro.
Cuando la operación esté sujeta a IVA, deberá aparecer el tipo tributario y si la cuota repercute dentro del precio se indicará con la expresión “IVA incluido”.
Lugar y fecha de emisión.
5. Los justificantes de gasto de personal se justificarán mediante copia compulsada por Organismo Público competente de los contratos o nóminas firmadas por los cooperantes, voluntarios o personas que hayan participado en las actividades, programas o proyectos, y los justificantes de la Seguridad Social, en su caso.
6. Las ONGDs beneficiarias se comprometen a estar a disposición del ayuntamiento de El Viso del Alcor para realizar la publicidad oportuna del proyecto, con la intención de que la población de la localidad conozca lo realizado.

BASE 13ª.- ABONO DE LA SUBVENCIÓN.

Dadas las características de emergencia de las actuaciones a desarrollar, se realizará un primer pago anticipado del 75 % del importe de la subvención tras la notificación de la resolución de concesión dirigido a financiar las actuaciones inherentes a la subvención. A dicho pago se le dará carácter prioritario a partir de la fecha de Resolución del órgano competente.

Una vez presentada la justificación, en la forma y con los requisitos previstos en las presentes bases, y su comprobación de conformidad en los términos establecidos en el artículo 84 del RLGS, se procederá al pago del 25 por ciento restante.


Para la realización del pago final de las ayudas otorgadas por este Ayuntamiento se realizará un examen del expediente de justificación por el Consejo Local de Cooperación, que elevará a la Junta Local de Gobierno la siguiente propuesta:

PROPUESTA DE PAGO FINAL QUE REALIZA EL CONSEJO LOCAL DE COOPERACIÓN AL AYUNTAMIENTO DE EL VISO DEL ALCOR
En relación con el proyecto denominado “............." que ha sido subvencionado a la entidad “.............” por el Ayuntamiento de El Viso del Alcor con la cantidad de ............... €, este Consejo Local de Cooperación, reunido en sesión celebrada el ................., una vez examinado el expediente, y constatada la ejecución del proyecto eleva a la Junta Local de Gobierno la siguiente propuesta:

A la vista de los documentos presentados por la citada entidad como justificación de la ejecución del proyecto “.........”, se propone el pago del restante veinticinco por ciento de la subvención concedida.
El Presidente del Consejo Local de Cooperación.

No se establece la petición de aval bancario de garantía, previo a la concesión de la subvención, al tratarse de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que van a desarrollar una actuación humanitaria y puesto que las presentes bases establecen mecanismos de control y justificación de subvenciones, reintegro de las cantidades percibidas e infracciones y sanciones.
Atendiendo a la naturaleza de la subvención, el Ayuntamiento de El Viso del Alcor podrá de oficio proceder a saldar previamente las deudas pendientes de cobro de los beneficiarios de las subvenciones, mediante compensación de dichas subvenciones o parte de éstas con las cantidades adeudadas.

BASE 14ª.-PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO

El órgano concedente será el competente para exigir al beneficiario u ONGD el reintegro de subvenciones mediante la tramitación del siguiente procedimiento:

1)El procedimiento se iniciará de oficio por el Órgano concedente, mediante resolución motivada, previo expediente que será instruido por el Órgano instructor de la subvención, en el que se dará audiencia al interesado por plazo máximo de 15 días hábiles para que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

2)En el plazo máximo de 12 meses, a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación se deberá resolver y notificar la resolución del procedimiento. Si transcurre el plazo para resolver sin que se haya notificado resolución expresa se producirá la caducidad del procedimiento, sin perjuicio de continuar las actuaciones hasta su terminación.

3)La resolución del procedimiento de reintegro pondrá fin a la vía administrativa.

4)Una vez acordado y notificado el reintegro, el beneficiario de la subvención estará obligado al pago de la totalidad del importe a reintegrar, resultando de aplicación para su cobranza, lo previsto en la Ley General Presupuestaria. Siendo esta obligación independiente de las sanciones que pudiesen ser exigibles en su caso.

5)El derecho a reconocer o liquidar el reintegro prescribirá a los cuatros años.

Este plazo se computará, en cada caso:


Desde el momento en que venció el plazo para presentar la justificación por parte del beneficiario u ONGD.

Desde el momento de la concesión, en el caso de subvenciones que se concedan en atención a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor.

En el supuesto de que se hubieran establecido condiciones u obligaciones que debieran ser cumplidas o mantenidas por parte del beneficiario o entidad colaboradora durante un período determinado de tiempo, desde el momento en que venció dicho plazo.

6) El cómputo del plazo de prescripción se interrumpirá:

1)Por cualquier acción del Órgano concedente, realizada con conocimiento formal del beneficiario o de la ONGD, conducente a determinar la existencia de alguna de las causas de reintegro.

2)Por la interposición de recursos de cualquier clase, por la remisión del tanto de culpa a la jurisdicción penal o por la presentación de denuncia ante el Ministerio Fiscal, así como por las actuaciones realizadas con conocimiento formal del beneficiario o de la ONGD, en el curso de dichos recursos.

3)Por cualquier actuación fehaciente del beneficiario o de la ONGD, conducente a la liquidación de la subvención o del reintegro.

DISPOSICION ADICIONAL

Lo no previsto en la presente convocatoria se regirá por la Ley 38/2003, de 27 de Noviembre, General de Subvenciones.

ANEXO I. SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO DE PROYECTOS O PROGRAMAS DE COOPERACION AL DESARROLLO EN LOS PAISES DEL TERCER MUNDO

“D. ...................................................................................................., con D.N.I. nº............................, en calidad de.................................................. de la Asociación/Fundación/ONG ....................................................., cuyo C.I.F. es el nº ..................................,

E X P O N E

Que conociendo el contenido de la Convocatoria del Ayuntamiento de El Viso del Alcor por la que se conceden ayudas para la realización de Proyectos al Desarrollo y Educación para el Desarrollo y Sensibilización para el año 2009

Presenta el proyecto: __________
________________________________________________________________________________________ ____________________________
___
Que la Asociación que representa cumple las condiciones exigidas, y se compromete a aportar los datos previos y posteriores que se señalan en la convocatoria, así como lo que se sean requeridos para la finalidad.

Asimismo, expone y da fe de los siguiente datos:
- Nº del libro de registro de Asociaciones correspondiente:
- Nº de socios o miembros:
- Presupuesto de la Asociación para el 2008:

En consideración a todo ello,

S O L I C I T A

Que teniendo por presentado este escrito y la documentación que se le une, le sea concedida a la Asociación/ONG/Fundación ............................................... una subvención de .............................. euros, para la realización del proyecto o programa arriba descrito y que se adjunta a la presente solicitud.

El Viso del Alcor, a _________ de ______________________ de 2009

Fdo.: _________________________

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE EL VISO DEL ALCOR






AYUNTAMIENTO DE EL VISO DEL ALCOR
SUBVENCION PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO. AÑO 2009

memoria - proyecto



1.- A) DATOS DE LA ONGD. PARTICIPANTE Y DE LA CONTRAPARTE

1.1.- Fecha de la propuesta

1.2.- Convocatoria

1.3.- Organización no gubernamental que presenta la propuesta

1.4.- C.I.F.

1.5.- Fecha de constitución

1.7.- (Solo para ONGs que no han recibido anteriormente subvenciones del Ayuntamiento de El Viso del Alcor). Enumeración de acciones de desarrollo ya efectuadas

B) DATOS DE LA CONTRAPARTE LOCAL

2.- PRESENTACIÓN Y RESUMEN DEL PROYECTO.-

2.1.- Titulo del Proyecto:

2.2.- Localización detallada (aportar mapas):

2.3.- Sector / subsector:

2.4.- Destinatarios/as preferentes

2.5.- Plazo de ejecución del proyecto en meses:

2.6.- Coste total:

2.7.- Breve descripción:

2.8.- Descripción precisa de los beneficiarios/as directos e indirectos de la acción:

3.- ANTECEDENTES, CONTEXTO Y JUSTIFICACIÓN.-

4.- OBJETIVOS Y RESULTADOS PRETENDIDOS.-

4.1.- Objetivo global de desarrollo

4.2.- Objetivos específicos del Proyecto

4.3.- Resultados pretendidos

4.4.- Indicadores del grado de consecución de los objetivos

4.5.- Fuentes de verificación de los indicadores

4.6.- Insumos: medios y costes


5.- EJECUCIÓN (actividades y recursos)

5.1.- Ubicación exacta de la ejecución del proyecto acompañando mapas, planos e indicaciones sobre las vías de comunicación y medios de transporte

5.2.- Plan de ejecución con relación de actividades y cronograma exacto

5.3.- Desglose presupuestario, especificando las cofinanciaciones (en el punto 5.3.a.- y en los anexos deberá pormenorizarse cada una de las partidas).


5.3.a.- Desglose presupuestario pormenorizado en partidas, indicando los costes unitarios. (si es necesario utilice hojas adicionales).

5.4.- Plan de ejecución presupuestaria (relacionada con el Presupuesto General del apartado 5.3) con mención de las cofinanciaciones y aportaciones locales (en este último caso adjuntar acuerdos en anexo).
6.- ANÁLISIS ECONOMICO DE VIABILIDAD.-

7.- ESTUDIO ECONOMICO DE VIABILIDAD.-

7.1.- Factores socio – culturales: (identificación de los beneficiarios y perjuicios causados por el proyecto).
7.2.- Examen de capacidad financiera, presupuestaria y de gestión de receptores. Si no existe, estudio de la formación que se dará a los receptores

7.3.- Actitud de las autoridades locales. Aspectos legales

7.4.- Disponibilidad de recursos públicos.


7.5.- Tecnología utilizada y adecuación al medio

7.6.- Impacto medioambiental

7.7- Impacto de género


8.- RIESGOS Y PRESUNCIONES DE RIESGOS.-

9.- CAUCES O SISTEMAS DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO PERIODICO PARA FACILITAR LOS CONTROLES Y EVALUACIONES.-

10.- RELACIÓN DE PERSONAL ADSCRITO AL PROYECTO HACIENDO CONSTAR NOMBRE, APELLIDOS, D.N.I. O DOCUMENTO SUSTITUTORIO.-

11.- RELACION DE LAS SUBVENCIONES O AYUDAS SOLICITADAS Y CONCEDIDAS PARA EL MISMO PROYECTO O PROGRAMA PROCEDENTE DE CUALQUIER ADMINISTRACIÓN O ENTES PÚBLICOS O PRIVADOS, NACIONALES O INTERNACIONALES.-


En _______________________________________ a ___ de _________ de 2009.


El / La Representante Legal y sello de la ONG
(coincidirá con el / la solicitante)


Fdo.:

AYUNTAMIENTO DE EL VISO DEL ALCOR
SOLICITUD DE SUBVENCION PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO Y SENSIBILIZACIÓN. AÑO 2009

1.- DATOS DE LA ONGD. PARTICIPANTE

1.1.- Fecha de la propuesta

1.2.- Convocatoria

1.3.- Organización no gubernamental que presenta la propuesta

1.4.- C.I.F.

1.5.- Fecha de constitución

1.7.- (Solo para ONGDs que no han recibido anteriormente subvenciones del Ayuntamiento de El Viso del Alcor). Enumeración de acciones de Educación para el desarrollo y Sensibilización ya efectuadas


2.- PRESENTACIÓN Y RESUMEN DEL PROYECTO.-

2.1.- Titulo del Proyecto

2.2.- Localización detallada

2.5.- Plazo de ejecución del proyecto en meses

2.6.- Coste total

2.7.- Breve descripción

2.8.- Beneficiarios de la acción


3.- ANTECEDENTES, CONTEXTO Y JUSTIFICACIÓN.-

4.- OBJETIVOS Y RESULTADOS PRETENDIDOS.-

4.1.- Objetivo global

4.2.- Objetivos específicos del Proyecto

4.3.- Resultados pretendidos

4.4.- Indicadores del grado de consecución de los objetivos

4.5.- Fuentes de verificación de los indicadores

4.6.-Medios y costes

5.- EJECUCIÓN (actividades y recursos)

5.1.- Plan de ejecución con relación de actividades y cronograma exacto

5.2.- Desglose presupuestario, especificando las cofinanciaciones (en el punto 5.3.a.- y en los anexos deberá pormenorizarse cada una de las partidas).

5.3.a.- Desglose presupuestario pormenorizado en partidas, indicando los costes unitarios. (si es necesario utilice hojas adicionales).

5.4.- Plan de ejecución presupuestaria (relacionada con el Presupuesto General del apartado 5.3) con mención de las cofinanciaciones .

6.- ANÁLISIS ECONOMICO DE VIABILIDAD.-


7- ESTUDIO DE VIABILIDAD.-

7.1.- Identificación de los sectores (Ampas, consumidores, mujeres, asociaciones juveniles etc.) y espacios donde se tiene previsto realizar las acciones de Educación y Sensibilización ( Identificación de los Centros escolares, Institutos etc.)

7.2.- Capacidad financiera, presupuestaria y de gestión de receptores.



8.- NÚMERO DE PERSONAS A LAS QUE PUEDE SENSIBILIZAR EL PROYECTO

8-1.- Acciones que sean continuación de Proyectos de Sensibilización subvencionados anteriormente por el Excmo Ayuntamiento de El Viso del Alcor,

8-2.- Metodología aplicable

8-3.- Especificar si los destinatarios pueden funcionar como elementos multiplicadores (medios de comunicación, formadores, animadores sociales, centros ,.. escolares)

8-4.-Acciones cuyo contenido verse sobre Derechos Humanos situación de la mujer en los países en vías de desarrollo, mundo indígena, minorías étnicas, racismo y xenofobia, fomentando estilos de vida en consonancia con los valores de la paz y solidaridad.

8-5.- Acciones en las que participen activamente organizaciones o personas, de los países de índice de Desarrollo Humano medio o bajo que desde su experiencia concreta sensibilicen y ayuden a cambiar los estilos de vida para ir reduciendo las desigualdades

8-6.-Coordinación con otras organizaciones locales o de países de índice de Desarrollo Humano, medio o bajo.

9.- RIESGOS Y PRESUNCIONES DE RIESGOS.-

10.- CAUCES O SISTEMAS DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO PERIÓDICO PARA FACILITAR LOS CONTROLES Y EVALUACIONES.-

11.- RELACIÓN DE PERSONAL ADSCRITO AL PROYECTO HACIENDO CONSTAR NOMBRE, APELLIDOS, D.N.I. O DOCUMENTO SUSTITUTORIO.-

12.-RELACIÓN DE LAS SUBVENCIONES O AYUDAS SOLICITADAS Y CONCEDIDAS PARA EL MISMO PROYECTO O PROGRAMA PROCEDENTE DE CUALQUIER ADMINISTRACIÓN O ENTES PÚBLICOS O PRIVADOS, NACIONALES O INTERNACIONALES.-

En _______________________________________ a ___ de _________ de 2009.


El / La Representante Legal y sello de la ONG
(coincidirá con el / la solicitante)


Fdo.: _________________________________
A los efectos de la presentación de JUSTIFICACIÓN, el Ayuntamiento establece los siguiente modelos normalizados para facilitar la gestión a los destinatarios:


AYUNTAMIENTO DE EL VISO DEL ALCOR
MODELO DE JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIÓN
CUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA


D.---------------------------------------, como representante legal de:

Entidad Beneficiaria:

C.I.F/ N.I.F:

CERTIFICO:

Primero.- Que como beneficiario de la subvención abajo referenciada rindo ante el órgano concedente de la subvención, en cumplimiento de lo dispuesto en las bases de convocatoria de subvenciones a proyectos de cooperación internacional al desarrollo y educación para el desarrollo y sensibilizacion en régimen de concurrencia 2007 y en relación con el artículo 30.2 de la Ley General de Subvenciones, cuenta justificativa de los gastos devengados para el desarrollo de la actividad que a continuación se detalla:
Convocatoria:
B.O.P.:
Concepto:
Fecha de Resolución:
Organo que la otorga:
Importe:
Gastos Subvencionables(*) :
(*) El importe del total de gastos justificados debe ser como mínimo del importe de los gastos subvencionables, en caso contrario la subvención se minoraría de forma automática.
Ha generado los siguientes gastos :
Nº.Documento
Fecha emisión
Acreedor
Concepto
Importe
Fecha pago






























Total de Gastos .




Segundo.- Que los fondos recibidos del Ayuntamiento de El Viso del Alcor en concepto de subvención para ejecución del proyecto ............................., por importe de..........................EUROS, han sido aplicados en su totalidad a los fines que han motivado la concesión, y, asimismo, certifico que se han cumplido los requisitos y condiciones que determinaron la concesión o disfrute de la misma.

Tercero.- Que las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, acreditativos de los gastos, se encuentran en mi poder.

Cuarto.- Que los ingresos que ha generado la actividad subvencionada son de .......... € , con el siguiente detalle.

Concepto
Importe




Total de Ingresos Generados


Quinto.- Que las Subvenciones concedidas por otras Entidades para la realización de la actividad subvencionada ascienden a un total de ................€, con el siguiente detalle:

Entidad Concedente
Importe




Total de Subvenciones concedidas por otras Entidades .


Lo que firmo en ……………………., a fecha ……………
Firmado:



AYUNTAMIENTO DE EL VISO DEL ALCOR

MODELO DE MEMORIA DE ACTUACIÓN JUSTIFICATIVA
( ARTÍCULO 75.2.a) DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SUBVENCIONES ( RD 887/2006, DE 21 DE JULIO)

La subvención concedida, de acuerdo con la resolución de concesión que aceptó (o modificó) la propuesta formulada en la solicitud, tenía por objeto la realización de la actividad o proyecto denominado............................

La realización de dicho proyecto o actividad quedó sujeta a determinadas condiciones de todo lo cual se da cuenta seguidamente:


1. ACTIVIDAD REALIZADA: ( Describirlas poniendo de manifiesto su conformidad con el proyecto aprobado).





2. CONDICIONES IMPUESTAS ( hágase referencia a las condiciones impuestas tales como:

a) Plazo para la realización de la actividad y para la justificación así como, en su caso, las prórrogas, y su cumplimiento o, en su caso, el retraso y sus causas.
b) Medidas de difusión adoptadas.

c) Las condiciones que específicamente se hayan impuesto en las bases, convocatoria, o resolución de concesión)


3. OBJETIVOS Y RESULTADOS OBTENIDOS:

a) Objetivo global

b) Objetivos específicos del Proyecto

c) Resultados obtenidos

En ___________________________________ a ___ de _________ de 2009.
El / La Representante Legal y sello de la ONG / Beneficiario/a
(coincidirá con el / la solicitante)

 
 
Menu Inicio - El Viso© 2001-2010. Página Web del Ayuntamiento de El Viso del Alcor (Sevilla, Spain). Lea las Condiciones de Uso.